Nuevo franquiciador | El proyecto

El proyecto de franquicia comienza desde dentro y son varios los puntos que hay que trabajar antes de lanzar el concepto al mercado.

  • Definición de la operativa con los establecimientos franquiciados. Es preciso aclarar cómo, a través de qué canales y con qué periodicidad interactuará o se comunicará la central de franquicia con su red de establecimientos, así como las medidas a seguir frente a posibles requerimientos/incidencias.
  • Creación de los manuales de franquicia. Los manuales de franquicia deben recoger todos y cada uno de los elementos operativos y comerciales que hacen del negocio ser lo que es. Estos deberán estar recogidos de forma clara y concisa para que constituyan el marco de referencia de consulta del franquiciado en la gestión de su negocio.
    El número y extensión de los manuales dependerá del tipo de franquicia y la complejidad de la misma. En la actualidad, es frecuente que las cadenas ‘simplifiquen’ estos manuales en pos de un mayor apoyo digital en constante actualización.
  • Pre-contrato de franquicia. El Real Decreto 201/2010 de 26 de Febrero prevé la obligación del franquiciador de facilitar al franquiciado, con una antelación mínima de veinte días a la firma del contrato o precontrato de franquicia, información veraz y no engañosa sobre cuestiones como: identificación del franquiciador, descripción del sector, experiencia de la empresa franquiciadora, características de la franquicia, dimensión de la red, entre otras. Es habitual recoger esta información en un documento con formato comercial a utilizar en el primer contacto con el candidato, aportando además las características más destacables de la cadena y condiciones de adhesión.
  • Contrato de franquicia. El contrato de franquicia recoge la naturaleza y características de la relación jurídica que se establece entre franquiciador y franquiciado, así como los derechos y obligaciones a cumplir por ambas partes a su firma, vigencia y extinción.
    La redacción de un buen contrato de franquicia sentará una base sólida sobre la que edificar una colaboración clara y honesta, cubierta documentalmente ante posibles incidencias, variaciones externas o actos improcedentes por parte de cualquiera de las partes.
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